REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de julio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-S-2007-018876
Revisadas las presentes actuaciones y visto el Desistimiento del Procedimiento suscrito por la Abogada Norkys Méndez inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nos. 90.247 en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana: ANA THAIS DE SOUSA BASTIDAS, el Tribunal le imparte su correspondiente Homologación, se da por terminado el presente proceso, de conformidad con el Artículo 266 del Código de Procedimiento Civil, entréguese los originales solicitados, dejándose en su lugar copia certificada de la misma, de conformidad con el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente-
El Juez,
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm
El Suscrito Secretario del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original, que se encuentra inserta en el expediente Nro. KP02-S-2007-18876. Certificación que se expide a los Ocho días del mes de Julio del año 2008. Años: 198º y 149º.
El Secretario Acc.
Abg. Roger José Adán Cordero
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
TRANSITO DEL ESTADO LARA
ASUNTO N° KP02-S-2007-18876
DEMANDANTE: ANA THAIS DE SOUSA BASTIDAS
DEMANDADO: RONALD JAVIER GALLARDO GRATEROL
MOTIVO: SEPARACION DE HECHO (185-A)
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
CON LUGAR
011/2007
Abg. OSCAR EDUARDO RIVERO LOPEZ
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