REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.



Cabudare, 22 de Julio de 2008
Años: 198° y 149°



EXPEDIENTE N° : 2.999-07

SOLICITANTE : Yendry Jeirana Velásquez Sánchez.
C.I.Nº V-13.269.026
OBLIGADO : Pedro José Borrero Mendoza.
C.I.Nº V-9.217.199
BENEFICIARIO : (identidad omitida dando cumplimiento al artículo 65 de la LOPNNA).
de 04 años de edad.

MOTIVO: HOMOLOGACION POR DESISTIMIENTO
DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA.



Revisadas las presentes actuaciones y por cuanto se observa al folio 53 del expediente, que la solicitante ciudadana YENDRY JEIRANA VELASQUEZ SANCHEZ, desiste del procedimiento de Fijaciòn de la Obligación Alimentaria, intentado en contra del ciudadano PEDRO JOSE BORRERO MENDOZA, quien es el padre de su hija, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, es por lo que este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION, en el presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente conforme a lo establecido en el artículo 451 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia, se ordena el archivo del expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial. Lìbrese Boleta de Notificaciòn al ciudadano Fiscal 14º del Ministerio Pùblico de esta Circunscripciòn Judicial. Cùmplase.-

La Juez,


Dra. Coromoto de Del Nogal.


El Secretario,


Abog. Lucio Torres.





Seguidamente se cumplió con lo ordenado.



El Secretario,


Abog. Lucio Torres.