REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO DE PUERTO CABELLO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Puerto Cabello, 30 de julio de 2008
198º y 149º



Por presentada la anterior pretensión por desocupación de inmueble, con fundamento en el artículo 48 de la Ley del Instituto Nacional de la Vivienda, interpuesta por la abogada Mirfred Medina Pino, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No. 94.485, en su carácter de apoderada judicial del Instituto Nacional de la Vivienda INAVI. Désele entrada. Fórmese expediente. Asígnesele número y regístrese en el libro respectivo.

LA JUEZA TTULAR

Abogada Marisol Hidalgo García LA SECRETARIA

Ana Belmar Hernández Zerpa



En esta misma fecha se le dio entrada bajo el No. 2008-1.251, y se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA

Ana Belmar Hernández Zerpa