JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
198º Y 149º

SENTENCIA N° 130 2008 D.

Vista la anterior solicitud suscrita por la ciudadana MIRELIS DEL VALLE PALACIOS NATERA, venezolana, mayor de edad, , titular de la Cédula de Identidad N° 11.969.271, domiciliada en Casanay, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre debidamente asistida por el abogado en ejercicio SANDY ROJAS FARIAS e inscrito en el Inpre-Abogado bajo el N° 48.614 mediante la cual solicitó de este Tribunal, ordenara la Rectificación de su Partida de Nacimiento dicha Partida corre inserta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos de la PREFECTURA DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO DEL ESTADO SUCRE bajo el N° 438 del año 1.973. Los errores denunciados consisten en que el funcionario respectivo al asentar la Partida de Nacimiento de la ciudadana MIRELIS DEL VALLE PALACIOS NATERA incurrió en el error de asentar el primer Apellido de su padre como “ PALACIO Siendo lo correcto: LUIS BELTRAN PALACIOS CAMPOS, también se asentó el Segundo Apellido de su madre así DE PALACIO, siendo lo correcto CARMEN FELICIA NATERA DE PALACIOS
Para los efectos probatorios, la actora consignó Partida de Nacimiento de la Ciudadana: MIRELIS DEL VALLE PALACIOS NATERA, expedida por la Prefectura del Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, la cual corre inserta al folio 3 , y Copias fotostáticas de las cédulas de identidad de sus padres Ciudadanos: LUIS BELTRAN PALACIOS CAMPOS Y FELICIA NATERA DE PALACIOS Probado como ha sido lo alegado y vista la obviedad de los errores denunciados, que no ameritan la tramitación de un juicio de Rectificación de Partida de Nacimiento, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena en forma sumaria al PREFECTO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO DEL ESTADO SUCRE REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO SUCRE, hacer la debida nota marginal en el Libro de Registro de Nacimiento, previamente determinado, a fin de que se corrijan los siguientes errores: colocaron el Primer Apellido de su padre como PALACIO siendo lo correcto LUIS BELTRAN PALACIOS CAMPOS y el Segundo Apellido de su madre así DE PALACIO siendo lo correcto FELICIA NATERA DE PALACIOS. Así se decide.

Expídanse Copias de esta Sentencia que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles Competentes, a los fines legales consiguientes. Líbrense Oficios.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DIARICESE, DEJESE COPIA CERTIFICADA Y PUBLÍQUESE EN PÁGINA WEB DE ESTE TRIBUNAL.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre. En la Ciudad de Cumaná, a los (26) días del mes de Junio del año dos mil ocho (2008).- Años 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
JUEZA
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DRA. INGRID C. BARRETO LOZADA


SECRETARIA,
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BOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO

NOTA: En esta misma fecha 26- 06- 2008, siendo las Dos de la Tarde (2::00 P..M.) y, previos los requisitos de Ley, se publicó la anterior decisión.

SECRETARIA,
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BOG. ISMEIDA BEATRIZ LUNA TINEO



EXPEDIENTE N° 09600
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
ICBL// ddmm