LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO, AGRARIO, TRANSITO Y BANCARIO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 02 de Junio del 2.008.-
198º y 149°

Exp. 15.590.

DEMANDANTE: TOHME DE IBRAHIM ASMAHAN, ERNESTO IBRAHIM
y FIDEL IBRAHIM, Titulares de las
Cédulas de Identidad N° 5.619.463,
11.970.267 y 11.970.266, respectivamente

APODERADO (S): VÍCTOR DÍAZ ORTIZ, inscrito en el
InpreAbogado bajo el N° 23.150.

DOMICILIO PROCESAL: Edif. Mary, Pasaje colón, Primer Piso,
Oficina 8-A, Parroquia Santa Rosa,
Municipio Bermúdez.

EMPRESA DEMANDADA: “BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL”

APODERADO: No otorgó Poder.

DOMICILIO PROCESAL: No constituyeron

MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el Abogado en ejercicio: VÍCTOR DÍAZ ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 23.150, en la cual desiste del procedimiento y de la acción, el Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario, Tránsito y Bancario, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desistimiento de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, e igualmente se da por terminado el presente proceso y se ordena el Archivo del expediente; Así mismo se ordena expedir copia certificada de la diligencia de fecha 26 de Mayo del 2008 y del presente auto. Cúmplase lo ordenado.- Y así se decide.-
La Juez,

Abg. Susana García de M.
La Secretaria,


Abg. Francis Vargas c.













Exp. Nro. 15.590.-
SGDM/Fvc/ajno.-