N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2008-000608
PARTE ACTORA: BETZAIDA CASTRO
APODERADO JUCIAL DE LA PARTE ACTORA: ANGEL SALAZAR
PARTE DEMANDADA: COMPAÑIA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA, (CANTV)
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE GUERRERO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

Hoy, nueve (09) de junio de 2008, siendo las 11:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana BETZAIDA CASTRO, titular de la cédula de identidad Nro.- 6.305.801, debidamente representada por el abogado ANGEL SALAZAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 73.811 y el abogado JORGE GUERRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro.- 118.438, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, dándose inicio a la Audiencia. En este estado toma la palabra la parte actora, debidamente representada y expone: Desisto en este acto del presente procedimiento, es todo. En este estado toma la palabra el apoderado judicial de la parte demandada y expone: Acepto el desistimiento manifestado por la parte actora, y asimismo manifiesto que mi representada niega la relación laboral, es todo. Este Juzgado vista la exposición que antecede y en virtud del desistimiento manifestado por la parte actora, lo homologa; en consecuencia se considera desistido el presente procedimiento y terminado el proceso. Se deja constancia que se hace entrega a las partes de las pruebas promovidas al inicio de la Audiencia.
La Juez

El Secretario
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ


OSCAR ROJAS