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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio Nº 10 del Circuito de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del  Area Metropolitana de Caracas
 Diecisiete de junio de dos mil ocho
 198º y 149º
 ASUNTO: AP51-S-2008-009660
 
 Vista la solicitud anterior que encabeza la anteriores actuaciones presentada por la ciudadana YALITZA TIBISAY RIVERO NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.440.730, y la justificación promovida y evacuada al efecto, en especial la deposición de los testigos PASTORI APONTE NAILIS Y PADILLA ANTONIO JOSE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nos.18.817.093 y 2.995.835 respectivamente, este Tribunal sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código Civil, declara las presentes actuaciones TITULO DE UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De Cujus ALFREDO GUILLERMO ARANGUREN ALVARADO quien era venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 4.887.128,  a favor del adolescente (se omite el nombre conforme a lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente). Devuélvase en original todas las actuaciones. ASI SE DECIDE.
 LA JUEZ
 
 ABG. MAIRIM RUIZ RAMOS
 
 EL SECRETARIO
 
 ABG. IVAN CEDEÑO
 
 
 
 
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