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Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nro. 12
 Caracas, 17 de Junio 2008
 198º y 149º
 
 ASUNTO: AP51-S-2008-009117
 
 Vista la  solicitud y los recaudos acompañados a la misma, muy particularmente las copia certificada del Acta de Defunción, que cursa al folio cinco (05) del presente expediente; así como las declaraciones de los testigos ciudadanos JOSE JOHAN BAUTISTA y CARMEN YOLANDA BAJARES CUEVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-14.017.964 y V-6.911.654, respectivamente.  Este Tribunal  de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA a la niña XXX, de un (01) año de edad, hija del De Cujus REIGNER ELEAZAR CERRADA GARCIA, quien era titular de la cédula de identidad No. V-18.492.995, quien falleció en fecha tres (03) de mayo del año dos mil ocho (2008); quedándose en todo caso a salvo los derechos de terceros. Así se decide.	Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación por secretaria. Cúmplase lo ordenado.
 LA JUEZ,
 
 ABG. SARA GUARDIA SOTO
 LA SECRETARIA,
 
 ABG. ADRIANA MIRELES
 
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