REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, de junio del 2008
Años: 198º y 149º.-

Por recibida y vista la anterior solicitud de la Interdicción de la ciudadana, Norma Elena Campos Herrera, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.427.631, interpuesta por la ciudadana, Dailyng Ayesteran Díaz, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 129.814, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano Leoncio Algenis Rodriguez González, titular de la cédula de Identidad Nº 3.972.449, el Tribunal la admite cuanto ha lugar en derecho. Ábrase el proceso respectivo procediendo a la averiguación sumaria de los hechos imputados. Se ordena la Notificación del Ministerio Público, conforme al artículo 131 del Código de Procedimiento Civil y la publicación de un cartel, en el diario “Ultimas Noticias”, llamando a todas aquellas personas que sientan afectados sus derechos e intereses sobre la interdicción promovida. Conforme a lo dispuesto en el artículo 733 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese al Director de la Medicatura Forense, a los fines de que se sirva nombrar dos facultativos expertos para que realicen los informes correspondientes a la ciudadana Norma Elena Campos Herrera y pasen sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Se oirán a cuatro parientes inmediatos del presunto entredicho y en defecto de estos, amigos de su familia, los cuales deberán ser señalados por el solicitante mediante diligencia y una vez la misma conste en autos el Tribunal fijara día y hora para la evacuación testimonial de los mismos Se fija el quinto día de despacho siguiente a la notificación del Fiscal del Ministerio Público, a las 11:00 a. m. para que tenga lugar dicho acto de reconocimiento por el ciudadano Juez del Tribunal a la presunta entredicha. Líbrese boleta, oficio y cartel.
La Juez

Dra. María Rosa Martínez
La Secretaria

Norka Cobis Ramírez


Exp. Nº 45623