REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO UNDÉCIMODE PRIMERTA INSTANCIA EN LO CIVL, MERCANTILL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, (25 ) de junio de 2008.
198° y 149°
Vista la diligencia de fecha 21 de abril de 2008, suscrita por el abogado ASDRUBAL GARCIA SANABRIA, actuando en su carácter acreditado en autos, mediante la cual solicita se le decrete la medida de embargo ejecutivo, este Tribunal a los fines de proveer observa: el articulo 662 del Codigo de Procedimiento Civil establece: “…Si al cuarto dia no acreditaren el deudor o el tercero haber pagado, SE PROCEDERA AL EMBARGO DEL INMUEBLE, y se continuara el procedimiento con arreglo a lo dispuesto en el Titulo IV, Libro Segundo de este Codigo, hasta que se deba sacarse a remate el inmueble…”.-
Del articulo antes transcrito, es por lo que este Tribunal decreta MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue BANCO MERCANTIL C.A., (Banco Universal) contra el ciudadano ALONZO ENRIQUE SULBARAN PLAZA, sobre el siguiente bien inmueble que a continuacion se identifica: “Constituido por un apartamento destinado a viviennda distinguido con el numero ciento sesenta y uno (161), situado en la Planta Decimasexta (16), del edificio “INES”, ubicado en la calle principal o calle 1, de la Urbanizacion Parque El Cigarral o Cigarral del Hatillo, del Hatillo, en el lugar denominado La Boyera, en Jurisdiccion del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, cuyos linderos medidas y demas determinaciones constan suficientemente en el respectivo docuemnto de Condominio, protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Quinto Cirucito de Registro Publico del Distrito Sucre del Estado Miranda, el 23 de diciembre de 1980, bajo el Nro. 32, tomo 30, Protocolo Primero. El referido Inmueble tiene una superficie aproximada de CIENTO VEINTI TRES METROS CUADRADOS CON DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS (123,16 mts2); consta de ls siguientes dependencias: sala comedor, cuatro dormitorios, tres baños, cocina lavadero y un balcon; y sus linderos particulares son: NORTE: Con Fachada Norte del Edificio; SUR: Con ducto de presurizacion, area de circulacion y apartamento de la misma planta cuya numeracion termina en cuatro (4); ESTE: con fachada este del edificio; y OESTE: con apartamento de la misma palnta cuya nuemracion termina en dos (2), area de circulacion, escalera general del edificio y ducto de presurizacion. Al referdio apartamento le corresponde los puestos de estacionamiento de vehiculos, distinguidos con los numeros ciento trinta (130), ciento cuarenta y dos (142), y ciento cincuenta y tres (153), los cuales se encuentran ubicados en la planta sótano uno (1), teniendo cada uno de ellos una superficie total aproximada de TRECE METROS CUADRADOS CON VEINTE DECIMETROS CUADRADOS (13,20 MTS2), y sus linderos son: puesto de etacionamiento Numero Ciento Treinta (130); NORTE: con el puesto de estacionamiento Nro. 138; SUR: con area de circulacion de vehiculos; ESTE; con el puesto de estacionamiento Nro. 131,; y OESTE: con rampa de circulacion de vehiculos; Puesto de estacionamiento numero ciento cuarenta y dos (142): NORTE: con el lindero norte del sotano uno(1); SUR: con el puesto de estacionamiento Nro. 153; ESTE: con el pueto de estacionamiento Nro. 141; y OESTE: con el puesto de estacionamiento Nro. 143; Puesto de estacionamiento numero ciento cincuenta y tres (153): NORTE: con el puesto de estacionamiento Nro. 142; SUR: con area de circulacion de vehiculos; ESTE: con el puesto de estacionamiento Nro. 152, y OESTE: con el puesto de estacionamiento Nro. 154, y le corresponde a cada un porcentaje de condominio de cero enteros con seis centesimas por ciento (0,06%), y al mencionado apartamento le corresponde un porcentaje de UN ENTERO CON CUARENTA Y CINCO CENTESIMAS POR CIENTO (1,45%), sobre los derechos y cargas de la comunidad de propietarios. El inmueble descrito con inmediata anterioridad pertenece a ALONZO ENRIQUE SULBARAN PLAZA, según se evidencia de documento protocolizado por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Publico del Municipio El Hatillo del Estado Miranda, EL HATILLO, en fecha ventiocho (28) de julio del 2004, anotado bajo el Nro. 14, tomo 4, Protocolo Primero”. Para la practica de la presente medida, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado de Distribuidor de Municipio Ejecutor de Medidas Preventivas y Ejecutivas de la Circunscripcion Judicial del Estado Miranda. Líbrese oficio y despacho. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
EL SECRETARIO,
ABG. JOSÉ OMAR GONZALEZ.
En esta misma fecha se libró oficio y comisión.
EL SECRETARIO,
EBG/JOG/Gustavo.
Exp. N° 23.604