REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO CUARTO EJECUTOR DE MEDIDAS
En el día de hoy Once (11) de Junio del año dos mil ocho (2.008), siendo las dos de la tarde, se traslado y se constituyo el Abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaria, abogado Josefa Mantilla, en compañía de la parte actora, ciudadana Escarle Ziomara Medina de Zorrilla, quien es mayor de edad, venezolana, con domicilio en ciudad Bolívar, Estado Bolívar, titular de la cedula de identidad N° V.-11.176.628, asistida en este acto por la abogada en ejercicio, Maria Milagros Alejos Henry, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 43.051, en la siguiente dirección: Instituto de Previsión Social de la Fuerzas Armadas (IPSFA) ubicado en la Avenida Los Próceres, Edificio Sede, Planta Baja, Fuerte Tiuna, Urbanización Santa Mónica, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada con motivo del Juicio que por DIVORCIO sigue la ciudadana ESCARLE ZIOMARA MEDINA DE ZORRILLA contra VICTOR JOSE ZORRILLA ZAPATA por ante el TRIBUNAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR.- Una vez en el lugar señalado el Tribunal, es atendido por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Cap. (Ej.) Jhonny Bencomo Fernández, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad N° V.-12.797.978, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado desempeñar el cargo de Jefe del Departamento de Fideicomiso y Prestaciones Sociales, en la referida institución.-Acto seguido el Tribunal, dando cumplimiento a la misión procede a ejecutar la medida de EMBARGO EJECUTIVO la cual recae sobre: “…el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del CIEN POR CIENTO (100%) de las prestaciones sociales que le corresponden al demandado, ciudadano Victor José Zorrilla Zapata, que tiene en dicha institución, que son propiedad del prenombrado ciudadano, cuya mitad corresponde a la ciudadana Escarle Ziomara Medina de Zorrilla, parte actora en el presente proceso, por concepto de gananciales”.-Acto seguido el notificado, antes identificado, expone: informo al Tribunal, que una vez realizada la búsqueda en el sistema correspondiente a la institución, el mismo arroja que efectivamente el ciudadano Victor José Zorrilla Zapata, plenamente identificado, se encuentra adscrito a la Guardia Nacional.- En este estado la parte actora, asistida en este acto por abogado en ejercicio, anteriormente identificadas, exponen: solicitamos que un vez se produzcan las prestaciones sociales del demandado por la prestación de sus servicios en la institución, las mismas sean remitidas mediante un cheque al Tribunal de la causa, es decir, el Tribunal de Protección de Niños, Niñas, Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar.- Seguidamente el Tribunal, vista y oída la exposición realizada por la apoderada judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda de conformidad informar al notificado, una vez efectivas las prestaciones sociales del demandado las mismas sean remitidas al aquo, y este comisionado cumplida como ha sido su misión procede a entregar a la parte notificada constante de un ( 01) folio útil copia fotostática simple del mandamiento de ejecución que contiene lo ordenado por el comitente a los fines de mayor ilustración de lo allí ordenado y copias fotostáticas de la presente acta y cumplida como ha sido su misión ordena concluir la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las tres y treinta minutos de la tarde.- Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADA
EL NOTIFICADO LA SECRETARIA
Cap.(Ej) Jhonny Bencomo Abg, Josefa Mantilla