REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 2
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 19 de Junio de 2008
Años: 197º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2004-000898


ABOCADA al conocimiento de las actas que conforman el presente asunto y visto que en el mismo se DECRETO SOBRESEIMIENTO de la causa en Sentencia dictada por el Tribunal de Juicio en fecha 13 de Marzo de 2007 a favor del Ciudadano: ALBERTO JOSE COLMENAREZ VILORIA, por no ser punibles los hechos que se le imputaron, acordando en la misma oportunidad, someterlo a medida de arresto domiciliario y control de desintoxicación, medidas que se contraponen entre si y hacen de imposible cumplimiento la decisión, tal fue advertido por el tribunal, en virtud de lo cual le fue decretada libertad plena en fecha 19 de Noviembre de 2007, instando al Ciudadano a someterse a proceso de desintoxicación por ante la ONA, organismo ante el cual nunca compareció, tal consta en autos (f. 412) Así mismo se evidencia de la revisión del Sistema Juris 2000, que sobre el ciudadano, pesa orden de captura en las causas Nros. KP01-2001-1789 Y KP01-2003-04 asuntos que se ventilan por ante el Tribunal de Ejecución No. 1 y en los cuales fue condenado, con penas superiores a un año de prisión, circunstancia que hace de imposible cumplimiento la vigilancia sobre la medida de desintoxicación, impuesta al Ciudadano, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 514 del Código Orgánico Procesal Penal se ordena el cese de dicha medida, por resultar absolutamente incongruente el mantenimiento de la misma en las condiciones ya expuestas. En consecuencia y no quedando materia alguna sobre que emitir pronunciamiento se ORDENA la remisión y archivo definitivo de las presentes actuaciones para su correspondiente guarda y custodia. Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 2


Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez

La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumpimiento a lo acordado en autos

La Secretaria