REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal del Estado Lara
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes
Barquisimeto, 26 de Junio del 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-D-2004-000062


CESACION DE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA

En fecha 20 de Noviembre de 2006, el Tribunal en funciones de Control # 2 del Circuito Judicial Penal Sección Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara sancionó al joven LUIS RAFAEL MONSALVE, venezolano, de 21años de edad, nacido el 26-04-1987, con cédula de identidad No.18.421.577, hijo de Yogsenia Monsalve, residenciado en la carrera 5 entre 59 y 60 Brisas del Aeropuerto, casa N° 59-46 detrás del Aeropuerto telf. 0251-4433439, Barquisimeto, Estado-Lara, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, con las medidas de Libertad Asistida, por el lapso de un (01) año y Servicios a la Comunidad por el lapso de seis (6) meses, e Imposición de Reglas de Conducta por el lapso de dos (2)años, prevista en los artículos 620 literal, b y c y 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes, la segunda de estas se decreto su cesación el 03-12-2007 .

Corre inserta en las presentes actuaciones comunicación del oficio N° 1406-2008, de fecha 20-05-2008 del Panaced, recibida por la Urdd en fecha 17-06-2008, y por el Tribunal 26-06-2008 donde informan que el joven sancionado ingresó al programa el 20-04-07, el cual cumplió con las citas de Orientación de Conductas y talleres.


Como se evidencia el joven sancionado cumplió con la medida de Libertad Asistida, por un lapso de un (1) año, asistiendo a los talleres y a la citas de Orientación de Conductas que dispone el programa por lo que considera este tribunal, que debe declararse la cesación de la misma de conformidad con el artículo 645 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

DECISION

Por todo lo expuesto, este tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños; Niñas y Adolescentes, Declara la cesación de la medida de Libertad Asistida, en favor del joven LUIS RAFAEL MONSALVE, por la comisión del delito Robo Agravado, previsto en el artículo 458 del Código Penal. El joven Sancionado continuara cumpliendo la Sanción de Imposición de Reglas de Conducta la cual fue impuesta el 20-11-2006. Notifíquese al Joven Sancionado a la Defensa A la Fiscal 19 del Ministerio Publico y Líbrese oficio al Panaced.



El Juez de Ejecución.
El Secretario


Abg. Gerardo Pastor Arias