REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-014556
La ciudadana MARIA EDUVIGES RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. 11.426.494, manifestó estar separada de su cónyuge LEOVALDO ALFONSO JIMENEZ TORREALBA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, con Cédula de Identidad Nº 7.407.966, desde hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el divorcio. Acompañó acta de matrimonio. Admitida la solicitud el 03 de Octubre de 2007, se acordó la citación la cual fue lograda en forma personal. Se notificó la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público, quién consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran los ciudadanos MARIA EDUVIGES RODRIGUEZ y LEOVALDO ALFONSO JIMENEZ, ya identificados, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 11 de Abril de 1990. De dicha unión matrimonial procrearon un hijo de nombre YONATHAN JAVIER, mayor de edad. Se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en el ACTA DE MATRIMONIO, inserta bajo el N° 53, folio 53 vto., año 1990. Líbrense copias certificadas y oficios. La presente sentencia queda firme en su misma fecha.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los dieciocho dias del mes de Junio de dos mil ocho. Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria,

Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/ij