REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: KP02-V-2003-000780
DEMANDANTE: GERARDO GUSTAVO CORNEJO PEREZ
DEMANDADO: MARIA PACIFICA MARTÍNEZ DE VÁSQUEZ, SONIA VÁSQUEZ MARTÍNEZ y VLADIMIR JOSÉ VÁSQUEZ MARTÍNEZ.
MOTIVO: REIVINDICACION
Vistas las anteriores actuaciones contentivas De la presente demanda; se observa que desde la fecha 06-12-2007, y hasta la presente fecha, han transcurrido por ante este Despacho más de treinta (30) días, sin que conste en autos la citación de la parte demandada, siendo evidente la falta de interés del actor para la continuación del juicio de REIVINDICACION, a los fines de la prosecución del mismo este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PERIMIDA LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el Artículo 267, en su encabezamiento, en concordancia con el Artículo 269, ambos del Código de Procedimiento Civil. Archívese el expediente y remítase al Archivo Judicial para su Guarda y Custodia.
El Juez., La Secretaria.,
Abog. Harold R. Paredes Bracamonte Abog. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LaAe/vcg
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