REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-007821


Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, este Juzgador observa que no existe error que se deba corregir por lo tanto se declara INADMISIBLE la presente Solicitud de Rectificación de Partida.-


El Juez



Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria


Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LaAe/vcg