REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-006865

Vista la solicitud presentada por el ciudadano HÉCTOR ADONY HEREDIA CARRASCO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nr° 11.880.130 asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la vía Duaca Sector Antonio Uranga, vía las Tunas, Tamaca centro, de la Parroquia Tamaca, Municipio Autónomo Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de ejido, que tiene una superficie de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTÍMETROS (346,72 MTS2) alinderadas de la siguiente manera NORTE: con inmueble de Rufino Soto SUR con calle en proyecto ESTE: Con inmueble de Edgar Lugo, OESTE: con terreno ocupado por Diego Perez. Dichas bienhechurías consiste en una cerca de alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad DIEZ MIL BOLÍVARES FUERTES [Bs. F. 10.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos DANNY RIVERO y CARLOS PÉREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor del ciudadano HÉCTOR ADONY HEREDIA CARRASCO, ya identificado en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-

LA JUEZ

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ



LA SECRETARIA ACC.

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

MJP/Carlos