REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de junio de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO: KP02-S-2008-007465


Vista la solicitud presentada por el ciudadano RAMON ALEXIS COLMENAREZ VIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.880.257, de este domicilio, asistida de abogada, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicado en Tamaca sector Las Trinitarias, Municipio Iribarren, Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, con una superficie aproximada de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400MTS2); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: en línea de 400 mts, terreno vació; SUR: con la calle principal que es su frente; ESTE: en línea de 20 mts vació y OESTE: con terreno de José Carmona. Dichas bienhechurías consisten en paredes de bloques, techo de platabanda, cerca de bloques, dos (2) habitaciones, comedor, cocina, sala, un (1) baño, con todos los servicios público. El valor invertido es la cantidad de TREINTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 30.000,00), teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: DANIEL HERNÁNDEZ Y HENRRY ORELLANA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de el ciudadano, RAMON ALEXIS COLMENAREZ VIVAS, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.


La Juez,


Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria Acc,


Eliana Hernández Silva


MJP/Mildred



















sentenciado decisión


El Juez



Abg. Mariluz Josefina Perez
El Secretario