REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



JUZGADO DEL MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA
Sanare, 25 de Junio del 2.008
Años 198° y 149°

PARTES: LISBETH CASTELLANOS CONTRA FRAY JUNIOR PEREZ.

BENEFICIARIA: XXX.

MOTIVO: SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION.

Visto el Convenimiento suscrito por las partes en juicio, en la presente causa por SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, introducida por la ciudadana: LISBETH CASTELLANOS, en beneficio de la niña: XXX. Y por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles en litigio. En consecuencia, este Juzgado del Municipio Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente vigente y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.; igualmente ofíciese a la Dirección de Recursos Humanos de la Empresa Enelbar en la ciudad de Barquisimeto, a los fines de que efectúen por nomina el descuento del nuevo monto de la pensión de alimentos acordado por las partes en juicio, a partir del mes de Julio. Líbrese oficio. Cúmplase.-

La Juez Titular,


Abog. Rosángela M. Sorondo G.

La Secretaria


Abog. Caribay A. Goyo Lucena


EXP. N° 605/00