Visto el Convenimiento que cursa al folio diecinueve (19) de fecha 16 de Junio del año 2.008, suscrito entre los ciudadanos: CRISTINA MARIA MAMBEL GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 7.425.345 y PASTOR JESUS BARRIOS GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 7.425.345, en el expediente N°: OM – 991 - 08, que por Motivo de Obligación de Manutención cursa por ante este Tribunal. Este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: HOMOLOGADO el presente Convenimiento de Conformidad con el Art. 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y del Adolescente. Y se ordena: Aperturar una cuenta de Ahorros en el Banco Banfoandes a nombre de la Niña beneficiaria de la Obligación de Manutención, representada por su madre CRISTINA MARIA MAMBEL GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V- 7.425.345, quien va a ser la única persona autorizada para retirar y movilizar la cuenta. Todo de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño Niña y Adolescente.
El Juez Temporal

Dr. Ramón Álvarez Suárez.
La Secretaria.

Abg. Yosglide Duin León.
EXPEDIENTE N°: 991 - 08
SOLICITANTE: CRISTINA MARIA MAMBEL GONZALEZ
OBLIGADO: PASTOR JESUS BARRIOS GONZALEZ.
BENEFICIARIOS: DIANA CAROLINA BARRIOS MAMBEL
MOTIVO: OBLIGACION DE MANUTENCION


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