REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 25 de Junio de 2008
198º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-000743
PARTE ACTORA: ARGENIS RODRIGUEZ
ABOGADOS APODERADO DE LA PARTE ACTORA: DIANA SANCHEZ
PARTE DEMANDADA: PROAGRO C.A.
ABOGADO APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: MARBELLA ARANA
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL

En el día de hoy, 25 de junio de 2008 siendo las 10:00 A.M... día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar , este Juzgado deja constancia de LA NO COMPARECENCIA DE LA ACCIONANTE DE AUTOS, COMO LO ES ARGENIS RODRIGUEZ titular de la cédula de identidad No. 10.341.648 por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno y siendo la Parte Actora la que impulsa el presente proceso, es por lo que de conformidad con el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este TRIBUNAL SEGÚNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publiquese y Registrese la presente decisión.-. Se deja expresa constancia de la comparecencia de la de la parte demandada en la persona de su apoderada judicial MARBELLA ARANA .P.S.A. No. 20.834



La Juez
La Secretaria
Abg AMARILIS MIESES
Abg. GLADYS MIJARES LUY

.
Apoderado Judicial Parte Demandada.

.