ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2008-000643
PARTE ACTORA: JUAN CARLOS GALICIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GLADYS AROCHA
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE GUACARA SUCESORA MARIARA, C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JULIO SIMON IRIGOYEN
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy cinco (05) de Junio de 2008, siendo las 9:00 a.m, del día y la hora fijada por este Tribunal, para que tenga lugar la prolongación de LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, este Tribunal deja constancia de la asistencia de la parte demandada a través del abogado JULIO SIMON IRIGOYEN, inscrito en el I. P. S. A. bajo el Nro. 78.399, en su carácter de apoderado judicial de la demandada TRANSPORTE GUACARA SUCESORA MARIARA, C.A., según consta en poder el cual corre inserto al folio 34 del expediente. Igualmente, se dejó expresa constancia que la Parte Actora JUAN CARLOS GALICIA no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si, no por medio de apoderado Judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 198 ° y 149 °.
EL JUEZ
ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.
ABG. APODERADO DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA.
ABG. DAYANA TOVAR
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