Visto el desistimiento de Impugnación de Paternidad realizado el Abogado Jorge Luís Seijas Almea, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.977.919 inscrito en el inpreabogado bajo el N° 62.174, actuando en su carácter de Apoderado Judicial del actor; el tribunal le imparte su Homologación y de conformidad con el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica supletoriamente, declara extinguida la instancia y acuerda el archivo del presente expediente. Remítase al archivo judicial.


La Jueza,


Abog. Haydee Oberto de Colmenares

La Secretaria,


Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Carolina E.
Exp. Civil Nº 8.893