EXPEDIENTE Nº: 8297
DEMANDANTE: MARITZA DEL CARMEN GONZALEZ RANGEL
DEMANDADO: MARCOS AURELIO VILLEGAS CONDE
MOTIVO: RESTITUCIÓN DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA
SENTENCIA: DEFINITIVA
“VISTOS”
En fecha 23 de julio del año 2007, compareció por ante este Tribunal la ciudadana MARITZA DEL CARMEN GONZÁLEZ RANGEL, titular de la cédula de identidad No. 10.723.542, de este domicilio, y solicitó la Restitución de Responsabilidad de Crianza del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXX y el adolescente XXXXXXXXXXXXXXXXXXX de diez (10) y trece (13) años de edad, respectivamente, quienes se encuentran con su padre, ciudadano MARCOS VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.258.224.
En fecha 31 de julio del año dos mil siete, siendo el día y hora fijada para que tenga lugar el acto conciliatorio, se anunció el acto y no comparecieron las partes, ciudadanos MARCOS AURELIO VILLEGAS CONDE y MARITZA DEL CARMEN GONZÁLEZ RANGEL.
En fecha 24 de marzo del año 2008, la ciudadana Maritza del Carmen González Rangel consigno copia simple del Acta de Defunción del ciudadano Marcos Aurelio Villegas Conde y solicitó el cierre del presente expediente.
Efectivamente como lo afirma la ciudadana Maritza del Carmen González Rangel, corre inserta al folio 34, copia fotostática simple del acta de defunción emanada de la Oficina Municipal de Registro Civil del Municipio Guanare del estado Portuguesa, del ciudadano MARCOS AURELIO VILLEGAS CONDE quién falleció en fecha treinta (30) de octubre del año dos mil siete en el Hospital de esta ciudad de Guanare estado Portuguesa, por tales razones se extingue el presente procedimiento, y así se declara.
D I S P O S I T I V A
Por los anteriores razonamientos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO el presente procedimiento, en consecuencia se ordena el cierre del presente expediente y su remisión al archivo judicial.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada
Dada sellada, firmada y refrendada en el Despacho del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, en la Ciudad de Guanare, Municipio Guanare del Estado Portuguesa, a los VEINTIOCHO días del mes de MARZO de 2007. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.
La Jueza,
Abog. Haydee Rosa Oberto de Colmenares
La Secretaria,
Abog. Elsy Moraima Jurado Verde
Exp. Civil No. 8297
HRODC/EMJV/Miriam q.-
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