ASUNTO PRINCIPAL : RP01-P-2007-000415
ASUNTO : RP01-P-2007-000415

Vista las actuaciones emanadas de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario No-03 de esta ciudad, en donde le remite a este tribunal copia de certificado de defunción, correspondiente al acusado: GABRIEL JOSE HERNANDEZ FUENTES; este Tribunal al considerar que no es necesaria la celebración de un debate para comprobar el deceso del referido acusado; antes de dar su pronunciamiento, expone:
En fecha: 13-03-07 este Tribunal admitió totalmente la acusación presentada por la Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra del acusado: GABRIEL JOSE HERNANDEZ FUENTES por estar incurso en el delito de: AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, acordándosele por admisión de hechos, la suspensión condicional del proceso, se le impuso un Régimen de Pruebas de 10 meses y 15 días y quedó bajo la vigilancia y control de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de esta ciudad.
Cursa al folio 69 oficio emanado de la U.T.A.S.P donde se le informa a este tribunal que se designó al Lic. Cruz José Fernández como delegado de prueba quien se encargará de la supervisión y control del ciudadano: Gabriel José Hernández Fuentes.
Cursa al folio 71 oficio emanado de la U.T.A.S.P donde se le informa a este tribunal que el probacionario: Gabriel José Hernández Fuentes solo asistió a la unidad técnica el día: 29-03-07.
Cursa al folio 74 oficio emanado de la U.T.A.S.P donde se le remite a este tribunal copia de certificado de defunción correspondiente al acusado: Gabriel José Hernández Fuentes.
Cursa al folio 76, Certificado de Defunción suscrito por el Dr. Angel Perdomo experto Forense adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, en donde se certifica el deceso del acusado: Gabriel José Hernández Fuentes.
Ahora bien; este Tribunal una vez analizada cada una de las actas procesales que conforman la presente causa y el certificado de defunción remitida por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, institución a la cual estaba bajo la vigilancia y control el referido acusado, observa que a todas luces se evidencia que el acusado: Gabriel José Hernández Fuentes falleció tal y como se certifica en el documento público requerido, en donde se deja constancia que el referido acusado fallece por shock hipovolémico, perforación de la artería iliaca izquierda, perforación de asas intestinales y herida por arma de fuego en abdomen. Pues bien, al constatarse la identidad del acusado de autos con la reflejada en el documento público remitido, se evidencia que se trata de la misma persona, por lo tanto, representando dicho certificado de defunción la prueba más idónea y contundente para comprobar la muerte de un enjuiciado en un proceso penal, lo procedente y ajustado a derecho es que este Tribunal Declare Extinguida la presente Acción Penal en la causa seguida al acusado: GABRIEL JOSE HERNANDEZ FUENTES Venezolano, soltero, ocupación mecánico, nacido en fecha: 09-09-83, de 24 años de edad, hijo de Delia Fuentes y Bartolomé Castañeda, residenciado en la Calle San Bruno, casa 24 de esta ciudad, Titular de la Cédula de Identidad No-21.096.643 ( hoy occiso). Y así se Declara.

DISPOSITIVA.

Por todos los razonamientos antes expuesto, es por lo que este Juzgado Segundo de Juicio del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA la Extinción de la Acción Penal y subsiguientemente DECRETA el Sobreseimiento de la causa seguida al acusado, hoy occiso: GABRIEL JOSE HERNANDEZ FUENTES Venezolano, soltero, ocupación mecánico, nacido en fecha: 09-09-83, de 24 años de edad, hijo de Delia Fuentes y Bartolomé Castañeda, residenciado en la Calle San Bruno, casa 24 de esta ciudad, Titular de la Cédula de Identidad No-21.096.643 ( hoy occiso) todo de conformidad con lo establecido en los artículos 48 Ordinal 1ero y 318 Ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese las correspondientes Boletas de Notificación a la Fiscal Segunda del Ministerio Público y a la Defensa Pública Penal, Abg. Susana Boada de Martínez.
El Juez Segundo de Juicio.
Dr. José Gregorio Morey Arcas.
La Secretaría.
Abg. Carmen Victoria Rivas.