En el día de hoy, jueves trece de Marzo de dos mil ocho, siendo la diez horas y treinta minutos de la mañana, oportunidad fijada para llevar a cabo la práctica de la medida ejecutiva de embargo, se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Valdez, Mariño y Cajigal, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, a cargo de la Juez, Dra. Dulce María Vásquez Urbaez y la Secretaria Eugenia Luna Torres, en compañía del ciudadano Pedro Sandoval Figueroa, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 63.084, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte ejecutante; en la dirección siguiente: Avenida Paria, galpón ubicado frente a las instalaciones del Puerto Pesquero Internacional de esta ciudad de Güiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, a objeto de practicar medida ejecutiva de embargo decretada por el Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, Extensión Carúpano, en el juicio de Cobro de Prestaciones Sociales seguido por los ciudadanos Julio Arzola y Asdrúbal Mata contra la empresa Precisión Mecánica C.A. (PREMECA), sobre bienes propiedad de la ejecutada hasta alcanzar la suma de dos mil seiscientos ochenta y siete (Bs.2.687,00), correspondiente al doble de la condenatoria e incluida en la misma la cantidad de ciento ochenta y siete bolívares (Bs. 187,00) por concepto de costas del proceso, que en caso de embargarse sumas de dinero, el monto a embargarse será la cantidad de mil cuatrocientos treinta y siete bolívares (Bs. 1.437,00), correspondiente a la suma líquida condenada a pagar, incluyendo la cantidad de ciento ochenta y siete bolívares (Bs. 187,00) por concepto de costas. A continuación el Tribunal efectuó los toques de ley a la puerta de acceso del mencionado galpón, siendo atendido por un ciudadano que dijo llamarse Jerry Jhonsons, quien no permitió la entrada al galpón y al imponerlo del motivo de la comisión manifestó que el apoderado de la empresa ejecutada eran los abogados Gonzalo Machado y Douglas Tacoronte y no se encontraban en ese momento, por lo que el Tribunal optó por ordenar el regreso del mismo a su sede natural, siendo las once horas y quince minutos de la Mañana. Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez

Dra. Dulce María Vásquez

El Apoderado Actor

Abg. Pedro Sandoval Figueroa

La Secretaria

Eugenia Luna Torres


Comisión Nº 248-08
Exp. Nº RH21-L.1999-000008