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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
 Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
 Caracas, veinticuatro (24) de Marzo de dos mil ocho (2008)
 Años: 197º y 149º
 
 ASUNTO: AP51-S-2008-004196
 
 Se inicio el presente procedimiento mediante solicitud presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL ROMERO RUSSIÁN y MARIA ELENA ACOSTA ZARAUZ, venezolana la primera y portugués el segundo, mayores de edad, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad números V-8.806.701 y V-10.332.698 respectivamente, debidamente asistidos por las abogadas HAYDEE BARRIOS y GLADYS VIVAS, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado con los Nros. 4.721 y 14.146.
 
 En consecuencia, esta Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 189 y 190 del Código Civil y en concordancia con lo previsto en el parágrafo primero del artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA la SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES acordando respetar las resoluciones tomadas por las partes en las mismas condiciones y términos expresados en el escrito de solicitud para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes. Expídanse por secretaria las copias certificadas que requieran las partes con inserción del presente auto a los fines legales consiguientes, una vez consignadas las mismas por los solicitantes para su certificación. Cúmplase.
 
 EL(A) JUEZ (A)
 
 
 ABG. YUMILDRE CASTILLO HERDÉ
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. KARLA SALAS
 YCH/KS/ych.
 Motivo: Separación de Cuerpos y Bienes
 ASUNTO: AP51-S-2008-004196
 
 
 
 
 
 
 
 
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