REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
197º y 149º
PARTES: BETSABE MARIA ONTIVEROS e YFREN ALEJANDRO RODRIGUEZ DELGADO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad números V-14.472.676 y V-6.857.103, respectivamente-
Motivo: Separación de Cuerpos.-
Por auto de fecha ocho (8) de diciembre del 2006, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, decretó la Separación de Cuerpos de los ciudadanos BETSABE MARIA ONTIVEROS e YFREN ALEJANDRO RODRIGUEZ DELGADO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, cuyo matrimonio fuera contraído por ante el Registro Civil del Municipio Autónomo General Rafael Urdaneta, Cúa, estado Miranda, en fecha 09 de mayo de 2005.
Transcurrido el lapso establecido en el primer aparte del artículo 185 del Código Civil, compareció la ciudadana Betsabe Ontiveros y solicitó la conversión en divorcio de la separación de cuerpos acordada por el Tribunal, previa notificación de su conyuge ciudadano Yfren Alejandro Rodríguez, procediendo el Tribunal a acordar dicho pedimento mediante auto de fecha 07 de febrero del presente año.
Notificado el ciudadano Yfren Alejandro Rodríguez, quien señaló mediante diligencia de fecha 25 de los corrientes, que no tiene objeción alguna a la solicitud de conversión en divorcio formulada por la ciudadana Betsabe Ontiveros, este Tribunal después de hacer una cuidadosa revisión de las actas que conforman el presente procedimiento, evidenció que ha transcurrido más de un año de haberse declarado la Separación de Cuerpos sin haber ocurrido en dicho lapso la reconciliación de los cónyuges y siendo estos los supuestos previstos en el primer aparte del articulo 185 del Código Civil, considera procedente la Conversión en Divorcio de la expresada Separación de Cuerpos. - Así se declara.-
Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara Con Lugar la solicitud de conversión de separación de cuerpos en Divorcio y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo matrimonial contraído por ante el Registrador Civil del Municipio Autónomo General Rafael Urdaneta del estado Miranda, en fecha 09 de mayo de 2005, por los ciudadanos BETSABE MARIA ONTIVEROS e YFREN ALEJANDRO RODRIGUEZ DELGADO.-
Regístrese, publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los días del mes de marzo del año 2008. Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación.-
La Juez
Dra. María Rosa Martínez
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez.-
En la misma fecha de hoy siendo las diez de la mañana (10.00 a.m.) previo anuncio de Ley se registró y publicó la anterior decisión.-
La Secretaria
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