REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 17 de Marzo de 2008.
197° y 149°
Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano MANUEL ANGEL PINTO SALINAS, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-73.547, a su esposa ciudadana IDA CIRA PARDI DE PINTO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de identidad Nro. V- 219.105, y a sus dos (02) hijos legítimos ciudadanos ANTONIO JOSE PINTO PARDI y MANUEL JESUS PINTO PARDI, venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.473.478, y 5.577.496 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: S-6892
EBG/JOG/Ana*