REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 03 de marzo de 2008
Años 197° y 149°
Revisadas las actas que conforman el presente juicio, especialmente la boleta de notificación librada por este Tribuna en fecha 29 de febrero de 2008, donde se señaló de manera involuntaria los apoderados de la parte actora, a los abogados Vicente Puppio, Hernando Díaz Candia, Bernardo Weininger y Enrique Story Chapellin, siendo los correctos los abogados Eduardo Saturno Martorano y Mary Jean Paredes Marshall, a los efectos de subsanar el presente error se deja sin efecto dicha boleta y en su lugar se ordena librar nueva boleta de notificación.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
AGB. RICHARS MATA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y
DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 03 de marzo de 2008
Años 197° y 149°
BOLETA DE NOTIFICACION
SE HACE SABER
A la Compañía Anónima CLIO COMUNICACIONES C.A., y/o sus apoderados judiciales ciudadano Eduardo Saturno Martorano y Mary Jean Paredes Marshall, abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 67.966 y 69.206, respectivamente, que este Tribunal en fecha 12 de noviembre de 2007, dictó sentencia en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, incoara contra la Compañía Anónima EDITORIAL TIME AVENUE, signado con el Nro. 9630, (Nomenclatura interna de este Juzgado).
Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de firma y fecha.-
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ,
Dr. VICTOR GONZÁLEZ JAIMES.