REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO CARABOBO CON SEDE EN VALENCIA
Valencia, 4 de marzo de 2008
197º y 149º
N° DE EXPEDIENTE: GP02- L-2007-002094
PARTE ACTORA: RAFAEL BARRETO titular de la cédula de identidad V- 11.364.422
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: NELSON ROJAS inpreabogado Nº 31.431
PARTE DEMANDADA: AUTO CENTER VALENCIA C.A. y C.A. AUTOCENTER ACV
ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: LORENA GARCIA, RAFAEL LORETO, JESUS SOTO inpreabogado Nº 46.813, 99.728, y 46.136 respectivamente.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, (04) de marzo de 2008, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en la presente causa, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del Tribunal y se declaró abierto el acto, encontrándose presente la apoderada de la parte demandada AUTO CENTER VALENCIA C.A Abg. LORENA GARCIA inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 46.813, y por la codemandada C.A. AUTOCENTER ACV, el apoderado Abg. JESUS SOTO inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 46.136, dejándose expresa constancia que la parte actora no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, razón por la cual este Tribunal Undécimo de Sustanciación, Mediación Y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Valencia, declara DESISTIDO el procedimiento, y da por terminado el proceso, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; homologando el mismo, y ordenando que el expediente sea remitido al archivo judicial, una transcurrido el lapso para ejercer los recursos a que diere lugar. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Dándose por cerrado el acto a las dos y diez de la tarde (02:10 p.m.) del día de hoy, (04) de marzo de 2008. Es todo.
EL JUEZ,
SERVIO O. FERNÁNDEZ ROJAS.-
LOS APODERADOS DE LA DEMANDADA
LA SECRETARIA,
ANMARIELLY HENRÍQUEZ.-
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