REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: AP21-L-2005-004375
PARTE ACTORA: FÉLIX OSCAR ARIAS, JOSÉ URBANEJA RODRÍGUEZ, SILVINO RIVAS MONTES, RONALD CASTILLO, YONNY RODRÍGUEZ, MANUEL HERNÁNDEZ, ALEXIS SILVA, MARTIN CABRILES, JOSÉ PERDOMO, RAFAEL MARRÓN, ORANGEL RIVAS, ANTONIO ROSALES y YHONNY RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V- 647.068, V-3.698.380, V-2.429.381, V- 11.553.146, V- 8.193.381, V-3.025.759, V- 3.080.149, V- 10.352.322, V- 9.410.449, V- 643.537, V- 6.043.963, V- 5.180.463 y V- 15.313.105 respectivamente.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: IRIS ALFONSO CHIARELLI, abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el número 63.799.
CO DEMANDADOS: C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN CAPITAL (HIDROCAPITAL, C.A.); TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA “TRASVALVI”, C.A., MARÍA LONGA, HUGO RUÍZ y JESÚS LOZADA. (Todos identificados en autos).
APODERADOS JUDICIALES DE LOS CO DEMANDADOS: ZORAIDA DÍAZ MARTÍNEZ y OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, abogados, inscritos en el IPSA bajo los números 17.100 y 32.714 respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
HOMOLOGACION DE TRANSACCIÓN.
En el juicio que por motivo de Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales intentaran los ciudadanos FÉLIX OSCAR ARIAS, JOSÉ URBANEJA RODRÍGUEZ, SILVINO RIVAS MONTES, RONALD CASTILLO, YONNY RODRÍGUEZ, MANUEL HERNÁNDEZ, ALEXIS SILVA, MARTIN CABRILES, JOSÉ PERDOMO, RAFAEL MARRÓN, ORANGEL RIVAS, ANTONIO ROSALES y YHONNY RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números V- 647.068, V-3.698.380, V-2.429.381, V- 11.553.146, V- 8.193.381, V-3.025.759, V- 3.080.149, V- 10.352.322, V- 9.410.449, V- 643.537, V- 6.043.963, V- 5.180.463 y V- 15.313.105 respectivamente en contra de C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN CAPITAL (HIDROCAPITAL, C.A.); TRASLADO DE VALORES Y VIGILANCIA “TRASVALVI”, C.A., MARÍA LONGA, HUGO RUÍZ y JESÚS LOZADA, este Tribunal dio por recibido el asunto en fecha doce (12) de noviembre de 2007, admitiendo las pruebas y fijando Audiencia de Juicio para el día veintidós (22) de enero de 2008, a las 09:00 a.m., siendo que en la referida fecha fue reprogramada la Audiencia para el día veinticinco (25) de marzo de 2008, a las 9:00 a.m., llevándose a cabo Audiencias Conciliatorias en fechas catorce (14) de febrero y doce (12) de marzo de 2008. Ahora bien, se observa que en fecha catorce (14) de marzo de 2008, las partes manifestaron al Tribunal mediante diligencia su intención de conciliar el Juicio, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos. A este efecto, las partes de común y mutuo acuerdo libres de coacción apremio en plena clarividencia en el querer presentaron escrito Transaccional del cual pasa este Tribunal a Pronunciarse de seguidas:
Vistas las transacciones presentadas por los abogados IRIS ALFONSO CHIARELLI, ZORAIDA DÍAZ MARTÍNEZ y OSCAR SPECHT SÁNCHEZ, abogados, inscritos en el IPSA bajo los números 63.799, 17.100 y 32.714 respectivamente, actuando en carácter de apoderados judiciales de la parte actora y co demandados respectivamente, el Tribunal a los fines de proveer con lo solicitado pasa a realizar un estudio de los escritos Transaccionales presentados, para lo cual se ha impuesto de las mutuas concesiones que las partes han arribado verificando que no se está violentando ningún derecho a los trabajadores de autos, considerando que el vínculo laboral entre las partes ha finalizado y que existe un detalle de los conceptos cancelados, este Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255, 256, 261 del Código de Procedimiento Civil, 3 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo y por aplicación extensiva del Artículo 133 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes y se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial. CÚMPLASE.
Se ordena la publicación de la presente Transacción en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente Transacción.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
En ésta ciudad, a los diecisiete (17) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008). Año 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
HERBERT CASTILLO URBANEJA
EL JUEZ
KARLA SÁEZ RODRÍGUEZ
LA SECRETARIA
NOTA: En esta misma fecha siendo las 03:20 de la tarde se dictó, diarizó y publicó la presente decisión y se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
HCU/KSR/GRV
Exp. AP21-L-2005-004375
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