REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Juicio de Barquisimeto

Barquisimeto, 14 de Marzo de 2008
Años: 197º y 149º


ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2007-001281


Visto los escritos presentados por el los Acusados de Autos DANILO LABARCA C.I: 9.771.631 y ROBINSON JOSE ESPINA DELGADO C.I: 11.861.899, que corren insertos en los folios útiles 6310, 6311, 6312, 6313, de la pieza Nº 17 del presente asunto, este Tribunal emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: ACUERDA Oficiar al Instituto Universitario de Policía Científica (I.U.P.O.L.C.), DE ESTA CIUDAD DE Barquisimeto, Estado Lara a los fines de que sirva informar a este Juzgado la modalidad del Régimen de Estudios así como el Cronograma de Evaluaciones pactados entre los ciudadanos anteriormente mencionados y el Instituto para la continuación de sus estudios, y una vez conste en autos respuesta referente a la información solicitada procederá el Tribunal a emitir pronunciamiento. Todo de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

Líbrense oficios, y notifíquese.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-


JUEZA DE JUICIO Nº 1


Abg. AMELIA I. JIMENEZ GARCIA.-


LA SECRETARIA