REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 10 de Marzo de 2008
Años: 197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-E-2003-000101
Vista comunicación remitida por el Tribunal de Ejecución Nro. 8 del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana, relacionada con el penado BORGES RENGIFO CARLOS HENRY, identificado con cédula de identidad Nro. 4.431.902, condenado a cumplir la pena de NUEVE (9) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO, cuya vigilancia ejercía por exhorta este Tribunal, SE ORDENA acusar recibo de su comunicación y oficiar al Tribunal de origen remitiendo una vez mas copia del acta de Redención en la cual consta al folio 13, tiempo y horario efectivamente laborado por el penado, hágase del conocimiento del Tribunal que el expediente original no fue remitido a este Tribunal, aperturandose las actas con copia certificada del auto de Ejecución. Remítase igualmente copia de la presente decisión y Archívese las actuaciones en el Archivo Judicial definitivo, para su guarda y custodia, por cuanto ha cesado la vigilancia al ser ingresado el penado, en el Internado Judicial de Yare. Regístrese, publíquese, y remítase al Tribunal de Origen. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3
Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario