REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE
Barquisimeto, 10 de Marzo de 2008
Años: 197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-003408
Visto como ha sido el presente asunto en el cual cursa escrito, presentado por el penado: PEDRO SEGUNDO CRESPO, cédula de identidad Nro. 15.305.188, de cuyo contenido se infiere que el penado amerita permiso especial de 48 horas por necesidades de trabajo los fines de semana, es por lo que SE ORDENA oficiar al Centro Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández”, a los fines de que su delegado de prueba presente informe a este Tribunal, estableciendo si efectivamente el penado amerita la concesión de permiso especial en razón de sus compromisos laborales y su opinión al respecto, todo ello a los fines de emitir pronunciamiento al fondo.
Regístrese, publíquese, notifíquese. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución No. 3
Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez
El Secretario
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos
El Secretario