REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
TRIBUNAL DE EJECUCION NO. 3
EN SU NOMBRE


Barquisimeto, 10 de Marzo de 2008
Años: 197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-003408

Visto como ha sido el presente asunto en el cual cursa escrito, presentado por el penado: PEDRO SEGUNDO CRESPO, cédula de identidad Nro. 15.305.188, de cuyo contenido se infiere que el penado amerita permiso especial de 48 horas por necesidades de trabajo los fines de semana, es por lo que SE ORDENA oficiar al Centro Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández”, a los fines de que su delegado de prueba presente informe a este Tribunal, estableciendo si efectivamente el penado amerita la concesión de permiso especial en razón de sus compromisos laborales y su opinión al respecto, todo ello a los fines de emitir pronunciamiento al fondo.
Regístrese, publíquese, notifíquese. Cúmplase.

La Jueza de Ejecución No. 3


Abog. Pilar Fernández de Gutiérrez

El Secretario

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

El Secretario