REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-020428
SOLICITANTE: DAVID ANTONIO GARCIA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nro. 9.614.538
MOTIVO: RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
SENTENCIA: Aclaratoria.
De la revisión detallada de la sentencia de fecha 04-12-2007, en la parte dispositiva de la misma se señaló “…El segundo apellido del niño como “BRACHO” siendo lo correcto “COLMENARES”, es decir el nombre del niño debió transcribirse como (Identidad omitida en concordancia con el Artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente). De modo que, de conformidad con el Derecho que tiene toda persona a la Tutela Judicial Efectiva establecido en el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual consagra “El Estado garantizará una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, independiente, responsable, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles.”. Es por lo que este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Lara en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, aclara la sentencia dictada en fecha 04 de Diciembre de 2007, en consecuencia téngase la presente aclaratoria como parte integrante del precitado auto de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil,
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio N° 2 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los doce (12) días del mes de Marzo de 2.008. Años: 197° y 149.
La Juez de Juicio Nro. 2
Abg. Lisbeth G. Leal Aguero
La Secretaria
LLA/ysm.
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