REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-M-2007-000518
Vista la presente solicitud de COBRO DE BOLIVARES, presentada por el abogado BORIS FADERPOWER, inscrito en el Inprebogado bajo el Nro. 47.652, actuando en su carácter de apoderado de BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., y una vez revisadas las actas que conforman la presente demanda, este tribunal observa los documentos fundamentales se consignan solo en copia simple, incluso cuando en fecha 21-11-2007 se insta a consignar los originales, sin obtener respuesta hasta la presente fecha, por lo cual este Juzgador no tiene cualidad procesal para intentar la presente acción; en consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente solicitud de COBRO DE BOLIVARES, de conformidad con el Artículo 643 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte
La Secretaria Acc,
Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Lp// La Suscrita Secretaria Accidental Del Juzgado Primero De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil Y Transito Del Estado Lara Certifica La Exactitud De La Copia Anterior. Fecha Ut Supra.
|