REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto doce de Marzo de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007-22816
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana MAILES DEL CARMEN RODRÍGUEZ LEON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-12.092.167, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,00) equivalentes a VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 20.000,00), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MAILES DEL CARMEN RODRÍGUEZ LEON, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: La Miel con avenida Monseñor Salvador Manuel Felipe Díaz con calle el estadio N° 9, JURISDICCION DE LA PARROQUIA GUSTAVO VEGAS LEON, MUNICIPIO SIMON PLANA DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea 12,35de metros con calle El Estadio, SUR: En línea de 12,70 metros con casa y solar de Ana Rodríguez, ESTE: En línea de 12,90 metros con casa y solar de Carlos Aguilar y OESTE: En línea de 11 metros con casa y solar de Maria León. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ.
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES BRACAMONTE.
LA SECRETARIA ACC.
ABG. LUISA A. AGÜERO E.
HRPB/LAAE/imsc.
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