REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-017457
La Ciudadana ELEONARA ZORAIDA GIMENEZ DIAZ, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, Titular de la Cédula de Identidad No. V-4.733.551, solicitó la rectificación de su PARTIDA DE NACIMIENTO, en el sentido que figura el Apellido de su padre como “JIMENEZ con “J”, siendo lo correcto “GIMENEZ con “G”. La solicitud se admitió en cuanto a lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el Apellido del padre de la solicitante como “GIMENEZ”.- En consecuencia, se ordena al Registro Principal, insertar la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 1415, Folio S/N, del año 1957. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Catorce días del mes de Marzo de dos mil ocho. Años 197º y 149º.
El Juez La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 02:53 p.m.
HRPB/LAAE/Lp.// LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.
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