REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-021048
La ciudadana SONIA DEL ROSARIO ROJAS, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. 5.924.543, de este domicilio, presento escrito donde solicita la RECTIFICACION DE SU PARTIDA DE NACIMIENTO, ya que por error asentaron su nombre primer nombre como ZONIA, siendo lo correcto SONIA con S, en cuanto a la fecha de nacimiento el Tribunal niega dicha corrección por cuanto se evidencia en la partida de nacimiento expedida por el Prefecto del Municipio Torres del Edo. Lara y la partida de nacimiento expedida por el Registrador Principal del Edo. Lara que su fecha de nacimiento es 09-09-1960 y no 07-09-1960 como lo solicita. La solicitud se admitió a sustanciación, se acordó resolver sumariamente previa notificación a la Fiscal del Ministerio Público.
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados la notificación de la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar la PARTIDA DE NACIMIENTO, de la solicitante SONIA DEL ROSARIO ROJAS, antes identificada, ya que por error asentaron su nombre primer nombre como ZONIA, siendo lo correcto SONIA con S, en cuanto a la fecha de nacimiento el Tribunal niega dicha corrección por cuanto se evidencia en la partida de nacimiento expedida por el Prefecto del Municipio Torres del Edo. Lara y la partida de nacimiento expedida por el Registrador Principal del Edo. Lara que su fecha de nacimiento es 09-09-1960 y no 07-09-1960 como lo solicita. En consecuencia, se ordena al PREFECTO DEL MUNICIPIO TORRES DEL ESTADO LARA y al REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO LARA, inserten la nota marginal correspondiente en la partida de nacimiento Nro. 609, folio 305 fte., año 1961. Queda firme en esta misma fecha.
Publíquese y regístrese.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los catorce días del mes de marzo del dos mil ocho. Años: 197° y 149º.
EL JUEZ,
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B.
ABG. LUISA A. AGÜERO E.
Publicada en su fecha a las 9:00 a.m.
HRPB/LAAE/Ma. Elena.
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