REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, catorce de marzo de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2007-005946
La Abogada ERIKA OJEDA, debidamente inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 108.441, actuando en este acto en su carácter de apoderada de la ciudadana OLGA MARIA OCHOA, Venezolana, mayor de edad, con domicilio en Guarico, Municipio Moran del Estado Lara, Titular de la Cédula de Identidad No. V-6.479.793, solicitó la rectificación de la PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana OLGA MARIA OCHOA, en el sentido que figura el nombre de su madre como “JOSEFINA OCHOA”, siendo lo correcto “GREGORIA DELFINA OCHOA”. La solicitud se admitió en cuanto a lugar en derecho acordándose notificar al Fiscal del Ministerio Público.-
Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la boleta anexa, ha quedado comprobado el error señalado, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA dicha rectificación en el sentido que figure el nombre de la madre de la ciudadana OLGA MARIA OCHOA como “GREGORIA DELFINA OCHOA”.- En consecuencia ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia Guarico, Municipio Moran del Estado Lara y al Registro Principal, inserte la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 353, Folio 177 frente, durante el año 1959. La presente sentencia queda firme en esta misma fecha. Expídase las copias certificadas respectivas.
Publíquese y regístrese.
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Tribunal en Barquisimeto, a los Catorce días del mes de Marzo de dos mil ocho. Años 197º y 149º.
El Juez La Secretaria Acc.,
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
En la misma fecha se registró y publicó siendo las 02:50 p.m.
HRPB/LAAE/Lp// LA SUSCRITA SECRETARIA ACCIDENTAL DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. Fecha Ut Supra.