REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-T-2007-000041
Vista el anterior DESISTIMIENTO presentada por la Abogada en Ejercicio DINALYS MÉNDEZ SEGURA., venezolana, mayor de edad, I.P.S.A. Nro. 55.980, en su carácter acreditado de autos en el presente juicio por DAÑOS Y PERJUICIOS, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, se acuerda la devolución de los documentos solicitados. Archívese el expediente.-
El Juez, La Secretaria
Abg. Harold R, Paredes Bracamonte. Abg. Luisa A. Agüero E
HRPB/LAAE/Lp//
La Suscrita Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara CERTIFICA que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de sus original. Fecha Ut-Supra.
LA SECRETARIA
ABG. LUISA A. AGÜERO E
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