REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-020719
Vista la solicitud que procede suscrita por los ciudadanos: MARIA ELENA VERDE DE CORRALES, LUIS MIGUEL VERDE COLMENAREZ, KIRACECILIA VERDE COLMENAREZ, NUBIA EPIMENIDA VERDE COLMENAREZ y BLANCA ESTHER VERDE DE FIGUEROA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-7.379.130, V-7.412.491, V-7.421.112, V-7.421.113 y V-10.773.597, respectivamente, debidamente asistida por la abogado en ejercicio Libia Henriquez M., inscrito en inpreabogado bajo el Nº 39.121, para que este tribunal de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 936 del código de procedimiento civil, LOS DECLARE COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara: LUIS ASTERIO VERDE RAMOS con relación a los bienes que le pueda corresponder en su condición de tal. Vistos así mismo los recaudos acompañados con dicha solicitud, consistente en A:) original de dos Actas de defunción. B:) original de cinco Partidas de Nacimiento. Este tribunal al encontrar que la anterior solicitud no ha tenido oposición de ninguna naturaleza y por cuanto estima suficiente en derechos las actuaciones acompañadas, entre ellas las declaraciones conteste y apreciables de los testigos evacuadas por ante este tribunal, los ciudadanos: Granados R. Angel F. y Granados R. Nalix C., suficientemente identificados; y teniéndose además en cuenta que de los recaudos acompañados se evidencia claramente que el de cujus no ha tenido otra descendencia, ni legitima, ni natural. En consecuencia, considera bastante y suficientes las presentes actuaciones de conformidad con el articulo 936 del código de procedimiento civil, para declararlas como titulo asegurativo al derecho que le asiste los ciudadanos Maria Elena Verde De Corrales, Luis Miguel Verde Colmenarez, Kiracecilia Verde Colmenarez, Nubia Epimenida Verde Colmenarez Y Blanca Esther Verde De Figueroa, en su condición de hijos como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de quien en vida se llamara LUIS ASTERIO VERDE RAMOS dejando salvo los derechos de terceras personas. Déjese constancia en libro diario.

El Juez., La Secretaria.
Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/Lp//
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DEL ESTADO LARA CERTIFICA LA EXACTITUD DE LA COPIA ANTERIOR. BARQUISIMETO. FECHA UT SUPRA.-