REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres de Marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2007-017546
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana LUISA ISABEL DOS RAMOS DE BRAVO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V- 3.787.816, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80.000.000,00), equivalente a OCHENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 80.000,00) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana LUISA ISABEL DOS RAMOS DE BRAVO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CUMBRES DEL MANZANO, AVENIDA PRINCIPAL, CUMBRES DEL MANZANO Y CALLE 6, PARROQUIA CATEDRAL, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: En dos líneas, la primera de Cuarenta y Nueve metros con Diez Centímetros (49,10); la segunda, de Trece metros con Diez Centímetros (13,10 m) con la Avenida Principal, Cumbres del Manzano, que es su frente; SUR: Con Mirian Mendoza; ESTE: En línea de Setenta y Siete Metros con Quince Centímetros (77,15 m) con ejido ocupado por Caes Fayad; OESTE: En línea de Setenta y Seis Metros con Treinta Centímetros (76,30 m) con ejido ocupado por Mirian Mendoza. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.

¬ EL JUEZ, LA SECRETARIA ACC.,
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
HRPB/LAAE/Lp//
La Suscrita Secretaria Accidental del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA,