REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, Tres de Marzo de 2008
197º y 148º
ASUNTO: KP02-S-2007-21671
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: MARIA FELIPA JIMENEZ DE RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.- 7.405.730, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de DIECINUEVE MIL CUATROSCIENTOS OCHENTA Y DOS CON VEINTISEIS CENTIMOS (Bs.19.482,26), lo cual equivale a DIECINUEVE CON CUARENTA Y OCHO BOLIVARES FUERTES (Bs. F.19,48) cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana, MARIA FELIPA JIMENEZ DE RODRIGUEZ sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: UBICADO EN EL BARRIO “ JOSE GREGORIO HERNANDEZ”, VEREDA 21 –A DE LA AVENIDA PRINCIPAL, ENTRE CALLES 8 Y 9, CASA N° A-26, PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea recta de diez metros (10,00mts.) con la vereda 21, que es su frente; SUR: En línea recta de diez metros (10,00) con la pared que es o fue de Nancy Gutiérrez ; ESTE: En línea recta de veinte metros (20,00 mts), con la parcela que es o fue de Maritza Sánchez; y OESTE:.En línea recta de veinte mts.(20,00 mts.), con la calle 8. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ.
ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. LA SECRETARIA ACC.
Abg. LUISA AGÜERO E.
HRPB/a.c
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