REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-001179
Vista la solicitud presentada por la ciudadana LENNY GONZALEZ FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 10.770.434, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en Las Tunas, vía Duaca, sector Los Olivos, Parroquia Tamaca, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de 20 mts de frente por 20 mts de fondo; alinderadas de la siguiente manera: NORTE: Con bienhechurías de Tomas Fonseca; SUR: Con bienhechurías del Sr. Hector Moreno; ESTE: Con bienhechurías del Sr. Carlos Porra; OESTE: Con la vía principal. Dichas bienhechurías están constituidas por Una parcela cercada con alambre de púas y estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de UN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 1.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos CARMEN PEREZ y RAUL FONSECA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana LENNY GONZALEZ FONSECA, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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