REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, once de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-002125
Vista la solicitud presentada por la ciudadana ROSA GISELA PONTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° 7.302.705, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de posesión y dominio sobre unas bienhechurías que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el sector La Uva II, calle 4 entre 1 y 2, Parroquia Agua Viva, Municipio Palavecino del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido; con una superficie de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO METROS (354 Mts); alinderadas de la siguiente manera: NORTE: En línea de 32,90 mts con Pedro Suárez; SUR: En línea de 28,65 mts con Victor Ramos; ESTE: En línea de 11,90 mts con calle 4; OESTE: En línea de 11,90 mts con terreno Municipal. Dichas bienhechurías están constituidas por Una casa de machiembrado, consta de tres dormitorios, una sala, una cocina, un corredor, un comedor, dos baños, cercada totalmente de bloques. El valor invertido es la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 100.000,oo) y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos WIL FRAN TRIANA y FRANCISCO ESPINOZA, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DE DOMINIO a favor de la ciudadana ROSA GISELA PONTE, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de Abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia, en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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