REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO : KP02-F-2008-000057
Vista la solicitud de INSERCIÓN DE PARTIDA, intentada por la ciudadana HILDA CASTILLO, venezolana, mayor de edad, sin cédula de identidad, domiciliada en la Población de Sanare del Estado Lara, debidamente asistida por la abogada MARIA ELENA NATERA ESPINAL, Inpreabogado N° 30.966; este Tribunal niega su admisión por la vía de Inserción de Partida de Nacimiento, ya que debe demandar su filiación por la vía de Juicio Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 231 del Código Civil. Déjese copia.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
Eliana Hernandez Silva
MJP/Milagro
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