REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de marzo de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: KP02-F-2007-000400
Visto el Desistimiento del Procedimiento, suscrito por la ciudadana DIGNA ARRIECHE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 8.203, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, éste Tribunal homologa el mismo, en consecuencia, téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada entre las partes, se declara extinguida la instancia, de todo de conformidad con lo establecido en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente. Se ordena la devolución de los originales solicitados, dejándose en su lugar copia simple de conformidad con lo establecido en el artículo 112 ejusdem. Archívese el presente expediente.
El Juez
Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario Acc.
Abg. Roger José Adán Cordero
OERL/mm
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