Cursa del folio 23 al 24 del cuaderno de embargo preventivo, acta de embargo de fecha 27-02-2008, en la cual el demandado, ciudadano: OSCAR ALBERTO FLORES CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 11.783.142, asistido por la abogado RUBIA DIAZ RAMOS, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 126.058, con el fin de dar termino al presente juicio, ofrece pagar la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 5.355,00), de la siguiente manera: en la fecha del acta referida, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.500,00) mediante cheque N° 00000946, contra la cuenta corriente N° 0108-0908-87-0100020781, a nombre de Sara Blanco, del Banco Provincial; el monto restante, DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 2.855,00) ofrece pagarlos discriminados de la siguiente forma: la cantidad de MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.427,50) en fecha 14-03-2008 y la suma de MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 1.427,50) para el día 31-03-2008 los cuales serán realizados en efectivo en este Juzgado, tal como lo acordaron las partes en dicha acta, presente la parte actora, acepta el ofrecimiento de pago realizado por la demandada y deja claro que la falta de pago de una de las cuotas dará lugar a la continuación de la medida por el remanente de la deuda.-
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